jueves, 29 de julio de 2010

Reinstalación en CFE, legal

El Correo Ilustrado
La Jornada
29 de julio, 2010

Del mismo modo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció que hubo irresponsabilidades contra los niños de la guardería ABC, sin señalar a los responsables, en el caso del Sindicato Mexicano de Electristas (SME) dejó a salvo el derecho de los trabajadores al patrón sustituto, para hacerlo valer ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, pero sin garantizar nada. Declinó impartir justicia el juez de la nación. Dejó a salvo el derecho al patrón sustituto, lo que implica un juicio de tres años o más ante la junta federal.
La huelga de hambre se lavantó por un acuerdo entre la dirección del SME y el titular de Gobernación el jueves 22 de julio, lo que incluye discutir el patrón sustituto. Pero Javier Lozano ya se adelantó; negó que proceda y, sin fundamento alguno, afirma: Jurídicamente hablando, no estamos frente a un despido. El patrón, como tal, también desapareció con la extinción del organismo. Y agregó: tampoco procederá jurídicamente la pretensión de convertir a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en patrón sustituto. (El Universal, 26/7/10.)
¿De qué se trata?, ¿de negar la realidad? Si no hubo despido, ¿qué ocurrió? ¿Un acto de magia? ¿O se trata de un engaño más, de otra treta del gobierno?
La figura legal del patrón sustituto es para que los empresarios no evadan sus responsabilidades; su obligación constitucional: asegurar el derecho a la estabilidad en el empleo. Si se acepta otra farsa se creará un precedente para que todos los patrones evadan sus responsabilidades constitucionales.
Debe ser inmediata la reinstalación en CFE, dado que es el caso exacto que prevé el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo. La vía conciliatoria abrevia el tiempo para concluir el conflicto dentro de los marcos de derecho.
Por la ANAD: Manuel Fuentes, Lauro Sol, Jesús Campos Linas, Estela Ríos, María Luisa Campos, José Luis Contreras, Óscar Alzaga y 31 firmas más
Ffuente

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