Arturo Alcalde Justiniani
La Jornada
30 de Enero del 2010
Dos mujeres y un hombre, María Edith Cervantes Ortiz, Elisa Jiménez Aguilar y Jorge Farrera Villalobos, magistrados del segundo tribunal colegiado en materia de trabajo de la ciudad de México, decidirán en los próximos días la suerte de los trabajadores mineros de Cananea, Sonora. No se trata de una resolución más entre el cúmulo de asuntos que emiten cotidianamente, sino de un conflicto que con el de Luz y Fuerza del Centro marcan la política laboral de años recientes. Será una decisión de alto contenido ético, social y humano. Además de definir el futuro de los trabajadores y sus familias, dará una muestra de la verdadera vigencia del estado de derecho.
Esta nueva versión de la huelga de Cananea, en pleno centenario de aquella que dejó huella en nuestra historia, se inició el 30 de julio de 2007, con motivo de las violaciones al contrato colectivo de trabajo en que incurrió la empresa Minera México, realizadas con la evidente intención de ampliar su ofensiva contra el sindicato minero metalúrgico, tarea a la que ha canalizado gigantescos recursos con desastrosos saldos, incluyendo la pérdida de vidas humanas. Cinco laudos y tres declaraciones de inexistencia de huelga han sido dictados por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en clara obediencia a las consignas dictadas por el Ejecutivo federal.
Entrampados en esta lucha, el gobierno y la empresa cancelaron desde hace tiempo la vía privilegiada de la negociación. Al fracasar en cada batalla por la sucesivas revocaciones emanadas del Poder Judicial de la Federación, el día que tuvieron conocimiento de que serían obligados a reconocer la legalidad de la huelga, diseñaron una estrategia de largo alcance, ahora orientada no sólo a cancelar la huelga en sí, sino a aniquilar al sindicato y el contrato colectivo de trabajo, además de despedir masivamente a los empleados para que fuesen sustituidos por otros menos “rijosos”, como ha confesado la propia empresa. La maniobra consistió en ordenar una “inspección” a través de la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía, a cargo de dos empleados que alegaron haber visitado la mina –en realidad sólo estuvieron en las cercanías–, quienes resolvieron de inmediato que estaba “imposibilitada para ejecutar obras y trabajos mineros”. Con esta resolución a modo se montó el golpe.
El 14 de abril de 2009, en un tiempo récord de 15 horas, se desahogó un juicio que comúnmente dura varios años, el cual se inició por la mañana y culminó esa misma noche con un laudo milagrosamente extraído del cajón de un escritorio. Con frialdad absoluta se autorizó la terminación de la huelga, la muerte del contrato colectivo y el despido de todos los trabajadores con una ínfima parte de su liquidación. No se aceptó prueba alguna del sindicato, no se notificó a los empleados afectados para que tuvieran posibilidad de defender sus derechos en el juicio, no se respetaron las garantías más elementales de un debido proceso legal.
Desde el punto de vista jurídico la resolución es aberrante, ya que además de las violaciones procesales pretende apoyarse en la fracción I del artículo 434 de la ley laboral, que señala que la terminación es procedente cuando la causa de fuerza mayor “… produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos”. En el presente caso es evidente que tal hipótesis no se actualice, ya que la intención de la empresa es seguir operando. Pocas horas después de dictarse el laudo, la compañía puso en ridículo a la autoridad laboral, al anunciar que abriría de inmediato la mina sin los llamados “rijosos” y firmaría un contrato colectivo con un sindicato diferente. Este mismo ridículo podría sufrir el Poder Judicial Federal, si el segundo tribunal colegiado confirmara la tesis sostenida por la empresa y la Junta de que por causas de fuerza mayor la fuente de trabajo no puede seguir operando.
¿Por qué se involucró el gobierno federal en esta loca aventura, iniciada cuando pretendió desconocer al dirigente del gremio minero apoyándose en firmas falsificadas? Dentro de dos años, cuando el panismo cancele su posibilidad de continuar en el poder por acciones impopulares como ésta, será muy difícil que retome las banderas de la legalidad laboral, de la libertad y la democracia sindical, demandas que durante mucho tiempo reivindicó siendo oposición. No será fácil justificar que estando a cargo del gobierno federal defendió al más rancio corporativismo y abdicó de la obligación constitucional de buscar el bien común, apostando a los intereses de un grupo empresarial, Minera México, generando no sólo la censura interna, sino también la descalificación de numerosas organizaciones internacionales. Este conflicto es motivo de pronunciamientos y campañas en muchos países, así como de denuncias ante la Organización Internacional del Trabajo.
Hoy, el gobierno mexicano es identificado como uno de los regímenes más represivos en materia laboral. Con sus acciones confirma que en nuestro país es prácticamente imposible formar un sindicato auténtico, que no existe justicia laboral imparcial y que la contratación colectiva de protección patronal es la norma común. Estos vicios pretenden ser consolidados en el proyecto de reforma laboral que el gobierno cabildea en el Senado para que sea ésta la cámara de origen.
Rechazar la maniobra gubernamental y empresarial otorgando el amparo será un mensaje claro para que el conflicto sea resuelto por la vía de la concertación y la legalidad; avalarlo, además de hacer perder al Poder Judicial buena parte del prestigio logrado, sentaría un precedente para los hombres y mujeres que viven de su trabajo, como los de Cananea, que nos han dado un ejemplo de dignidad y entereza, cualidades que tanto necesitamos.
Fuente: La Jornada
La Jornada
30 de Enero del 2010
Dos mujeres y un hombre, María Edith Cervantes Ortiz, Elisa Jiménez Aguilar y Jorge Farrera Villalobos, magistrados del segundo tribunal colegiado en materia de trabajo de la ciudad de México, decidirán en los próximos días la suerte de los trabajadores mineros de Cananea, Sonora. No se trata de una resolución más entre el cúmulo de asuntos que emiten cotidianamente, sino de un conflicto que con el de Luz y Fuerza del Centro marcan la política laboral de años recientes. Será una decisión de alto contenido ético, social y humano. Además de definir el futuro de los trabajadores y sus familias, dará una muestra de la verdadera vigencia del estado de derecho.
Esta nueva versión de la huelga de Cananea, en pleno centenario de aquella que dejó huella en nuestra historia, se inició el 30 de julio de 2007, con motivo de las violaciones al contrato colectivo de trabajo en que incurrió la empresa Minera México, realizadas con la evidente intención de ampliar su ofensiva contra el sindicato minero metalúrgico, tarea a la que ha canalizado gigantescos recursos con desastrosos saldos, incluyendo la pérdida de vidas humanas. Cinco laudos y tres declaraciones de inexistencia de huelga han sido dictados por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en clara obediencia a las consignas dictadas por el Ejecutivo federal.
Entrampados en esta lucha, el gobierno y la empresa cancelaron desde hace tiempo la vía privilegiada de la negociación. Al fracasar en cada batalla por la sucesivas revocaciones emanadas del Poder Judicial de la Federación, el día que tuvieron conocimiento de que serían obligados a reconocer la legalidad de la huelga, diseñaron una estrategia de largo alcance, ahora orientada no sólo a cancelar la huelga en sí, sino a aniquilar al sindicato y el contrato colectivo de trabajo, además de despedir masivamente a los empleados para que fuesen sustituidos por otros menos “rijosos”, como ha confesado la propia empresa. La maniobra consistió en ordenar una “inspección” a través de la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía, a cargo de dos empleados que alegaron haber visitado la mina –en realidad sólo estuvieron en las cercanías–, quienes resolvieron de inmediato que estaba “imposibilitada para ejecutar obras y trabajos mineros”. Con esta resolución a modo se montó el golpe.
El 14 de abril de 2009, en un tiempo récord de 15 horas, se desahogó un juicio que comúnmente dura varios años, el cual se inició por la mañana y culminó esa misma noche con un laudo milagrosamente extraído del cajón de un escritorio. Con frialdad absoluta se autorizó la terminación de la huelga, la muerte del contrato colectivo y el despido de todos los trabajadores con una ínfima parte de su liquidación. No se aceptó prueba alguna del sindicato, no se notificó a los empleados afectados para que tuvieran posibilidad de defender sus derechos en el juicio, no se respetaron las garantías más elementales de un debido proceso legal.
Desde el punto de vista jurídico la resolución es aberrante, ya que además de las violaciones procesales pretende apoyarse en la fracción I del artículo 434 de la ley laboral, que señala que la terminación es procedente cuando la causa de fuerza mayor “… produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos”. En el presente caso es evidente que tal hipótesis no se actualice, ya que la intención de la empresa es seguir operando. Pocas horas después de dictarse el laudo, la compañía puso en ridículo a la autoridad laboral, al anunciar que abriría de inmediato la mina sin los llamados “rijosos” y firmaría un contrato colectivo con un sindicato diferente. Este mismo ridículo podría sufrir el Poder Judicial Federal, si el segundo tribunal colegiado confirmara la tesis sostenida por la empresa y la Junta de que por causas de fuerza mayor la fuente de trabajo no puede seguir operando.
¿Por qué se involucró el gobierno federal en esta loca aventura, iniciada cuando pretendió desconocer al dirigente del gremio minero apoyándose en firmas falsificadas? Dentro de dos años, cuando el panismo cancele su posibilidad de continuar en el poder por acciones impopulares como ésta, será muy difícil que retome las banderas de la legalidad laboral, de la libertad y la democracia sindical, demandas que durante mucho tiempo reivindicó siendo oposición. No será fácil justificar que estando a cargo del gobierno federal defendió al más rancio corporativismo y abdicó de la obligación constitucional de buscar el bien común, apostando a los intereses de un grupo empresarial, Minera México, generando no sólo la censura interna, sino también la descalificación de numerosas organizaciones internacionales. Este conflicto es motivo de pronunciamientos y campañas en muchos países, así como de denuncias ante la Organización Internacional del Trabajo.
Hoy, el gobierno mexicano es identificado como uno de los regímenes más represivos en materia laboral. Con sus acciones confirma que en nuestro país es prácticamente imposible formar un sindicato auténtico, que no existe justicia laboral imparcial y que la contratación colectiva de protección patronal es la norma común. Estos vicios pretenden ser consolidados en el proyecto de reforma laboral que el gobierno cabildea en el Senado para que sea ésta la cámara de origen.
Rechazar la maniobra gubernamental y empresarial otorgando el amparo será un mensaje claro para que el conflicto sea resuelto por la vía de la concertación y la legalidad; avalarlo, además de hacer perder al Poder Judicial buena parte del prestigio logrado, sentaría un precedente para los hombres y mujeres que viven de su trabajo, como los de Cananea, que nos han dado un ejemplo de dignidad y entereza, cualidades que tanto necesitamos.
Fuente: La Jornada
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